ANÁLISIS DE LA DEFENSA DE LAS VÍCTIMAS POR PARTE DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
Fecha
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Ambato: Universidad Tecnológica Indoamérica
Resumen
A partir del reconocimiento reflejado en la Constitución de la República del
Ecuador, aprobada a partir del año 2008, y según reposa en el artículo 78 donde se
expresa, la efectiva protección especial a las víctimas de los delitos, ello permite
garantizar la no revictimización, y de manera implícita en la obtención y
valoración de las pruebas, lo que acuña: ser protegidas contra cualesquiera
amenaza, o algunas otras formas de intimidación, así mismo, se garantiza la
reparación holística, bajo un carácter totalizador, que implica el conocimiento de
la verdad de los hechos, de igual forma la restitución, la rehabilitación, la
especificar indemnización, que acá es el de los hechos, como garantía de
repetición y satisfacción del derecho violentado.
Por tanto, día en el nuevo sistema penal acusatorio, es posible reconocer en cuanto
a la defensa de las víctimas de los delitos que toma especial importancia, así como
la norma constitucional que dispone del establecimiento de un efectivo,
comprometido, profesional y transparente de protección y atención a las víctimas,
para los testigos y también para aquellos que contribuyen como un eje de
participación procesal.
De ahí que, en el presente trabajo intelectivo, fue posible analizar si los avances al
igual que los principios que se encuentran tipificados en la Constitución de la
xii
República del Ecuador: Código Orgánico Penal, Código Orgánico de la Función
Judicial, carácter determinante en la protección a las víctimas, al igual que a los
testigos que arbitran de manera activa en el proceso penal cuya finalidad es
inquisitiva en el cumplimiento a cabalidad y si existe una eficaz, eficiente y
efectiva protección a pares o a terceros, quienes se constituirán en pilares
fundamentales implicados en el sistema penal acusatorio, para evidenciar un
efectivo testimonio etnográfico de los hechos atribuibles.
De manera que, en el presente trabajo de investigación acción participativa fue
posible analizar desde la lógica y la sistematicidad si la entidad estatal que se
encuentra encargada de patrocinio y la direccionalidad para con las víctimas en la
fase pre-procesal y procesal y verificar el transparente cumplimiento para con el
mandato constitucional ecuatoriano.
Así, del análisis sistémico realizado que se fundamenta en la observación directa,
en el trajinar de la ciudadanía, así como, en los diferentes escenarios o contextos
de dependencias de la Fiscalía General del Estado, como para también ser
implicativos los juzgados y los Tribunales de Justicia en materia penal.
Frente a este tipo de circunstancias, sería plausible y placentero que se acoja las
conclusiones y recomendaciones que caracterizan la presente indagación
intelectiva, cuya finalidad expresa la necesidad de reformar todos aquellos
implicativos del Código Orgánico Integral Penal y el Código Orgánico de la
Función Judicial, con la finalidad de otorgarle las experticias necesarias a la
Fiscalía General del Estado, mediante la participación directa de la Coordinación
Nacional y Coordinaciones Provinciales que responda al Sistema de Protección a
víctimas y testigos, el patrocinio y defensa de las víctimas de los delitos, como
una analogía a la Defensoría Pública -no por el mal actuar de este organismo, o la
exigua capacitación y profesionalización- en la defensa las víctimas, sino por el
contrario -porque estás a saber, que esta misma entidad defiende también a los
implicados o sospechosos y procesados, presuntos autores de los delitos- lo que
xiii
lamentablemente generará desconfianza que limite la búsqueda de patrocinio, y
cuya meseta genera y probablemente generará contribución a la impunidad.
Descripción
Palabras clave
Defensoría Pública, Fiscal, procesado, sistema de protección a víctimas y testigos, víctimas