Aborto en el Ecuador: Análisis de la sentencia No. 34-19-IN/21
Fecha
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Sociedad &Amp; Tecnología. Volumen 4. Número S2, pp. 529-545.
Resumen
Este trabajo descriptivo con un enfoque cualitativo tiene por objetivo el análisis de la norma constitucional en relación con la sentencia de la Corte Constitucional Número 34-19-IN/21. El estudio está sustentado en los métodos exegético, análisis documental y revisión bibliográfica. Después de una exhaustiva revisión de artículos científicos, libros, sentencias de la Corte Constitucional y diferentes textos académicos se concluye que el aborto por violación en el Ecuador se encontraba penalizado en el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal, pues el legislador establece que los únicos casos en los cuales el aborto no es punible son aquellos en que se encuentre en grave riesgo la vida de la mujer o es víctima de violación y cuente con una discapacidad mental; en caso contrario seguirá estando sujeta a una pena privativa de libertad. La sentencia No. 34-19-IN/21 es un precedente que evidencia la ausencia de proporcionalidad entre el delito de aborto por violación y la pena establecida evidenciando la poca empatía y falta de entendimiento de los legisladores y la sociedad.
