La unión de hecho post mortem en Ecuador y su valoración probatoria
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Ambato: Universidad Tecnológica Indoamérica
Resumen
La unión de hecho post mortem en Ecuador constituye una institución jurídica que busca reconocer la
convivencia estable y monogámica como fuente de derechos patrimoniales y personales, incluso después
del fallecimiento de uno de los convivientes. El ordenamiento ecuatoriano, a través de la Constitución y del
Código Civil, equipara esta figura al matrimonio en lo que respecta a derechos y obligaciones, otorgándole
relevancia en el ámbito del derecho sucesorio. Esto significa que el conviviente supérstite puede acceder a
la herencia, siempre que logre demostrar la existencia de la relación conforme a los requisitos legales.
No obstante, el declaratorio post mortem enfrenta importantes desafíos en la práctica judicial. La principal
dificultad radica en la prueba judicial, pues la acreditación de la convivencia depende de documentos,
testigos y valoraciones judiciales que no siempre se aplican de manera uniforme. Esta situación genera
incertidumbre y puede afectar la seguridad jurídica de quienes reclaman derechos sucesorios.
En consecuencia, la correcta aplicación de esta institución debe regirse por el principio de igualdad material,
garantizando que la convivencia tenga pleno reconocimiento jurídico. De esta forma, se evita que
interpretaciones restrictivas vulneren el acceso a la herencia y se asegura una protección equitativa de los
derechos del conviviente sobreviviente.
Descripción
Palabras clave
Unión de hecho, Post mortem, Derecho sucesorio, Convivencia, Prueba judicial.
Citación
Soria, Mayra (2025). La unión de hecho post mortem en Ecuador y su valoración probatoria.
