El principio de inversión de la carga de la prueba frente al derecho a la legítima defensa del empleador
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Ambato: Universidad Tecnológica Indoamérica
Resumen
El principio de inversión de la carga de la prueba, específicamente sobre materia laboral se traduce
en que, la ley será la encargada de colocar los casos de dicha herramienta procesal, es por esa
razón que el Código de Trabajo menciona que los empleadores serán los que cumplan con las
obligaciones laborales; esto trasladado a un proceso judicial, quiere decir que, en los casos en que
el trabajador reclame dichas obligaciones, su única carga de la prueba será sobre la existencia de
la relación laboral, una vez justificado este hecho, se invierte la carga de la prueba hacia el
empleador para acreditar el pago de su responsabilidad, salvo, algunas excepciones. Es así que,
el problema jurídico se traduce en que, si el principio de inversión de la carga de la prueba en
materia laboral vulnera el derecho constitucional a la defensa; es así que, se analiza el mismo, que
se encuentra prescrito en el Art. 76 numeral 7 de la Constitución, en donde se establecen las
garantías del derecho a la defensa; llegando a la conclusión que, esta herramienta procesal no deja
en indefensión a la parte empleadora, excepto cuando existe una paupérrima defensa de su
abogado defensor, pero esa ya no es una cuestión procesal ni probatoria.
Descripción
Palabras clave
Carga de la Prueba, Código de Trabajo, Constitución, Derecho a la Defensa, Empleador, Garantías, Obligaciones, Trabajador.
Citación
Ortiz, Danilo (2026). El principio de inversión de la carga de la prueba frente al derecho a la legítima defensa del empleador.
