Indefensión por Falta de Notificación Durante la Investigación Previa en los Delitos de Acción Pública en la Provincia de Sucumbíos
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Quito: Universidad Tecnològica Indoamèrica
Resumen
El presente artículo analiza y critica la vulneración de la garantía del debido
proceso en los derechos a la defensa, tutela judicial efectiva y seguridad jurídica,
como consecuencia de la falta de notificación al investigado en las fases preprocesal
y procesal por delitos de acción pública previstos en el Código Orgánico Integral
Penal. En este sentido, la notificación con el inicio de una investigación penal
constituye un elemento esencial del derecho a la defensa, cuyo incumplimiento
podría generar la nulidad de todo lo actuado, por vulneración a dicho derecho.
Asegurar el cumplimiento de esta garantía corresponde a Fiscalía General del
Estado, quien tiene la potestad exclusiva y excluyente en la investigación penal, por
ello, carece de eficacia y valor jurídico la investigación criminal sin que
previamente se haya hecho conocer al investigado sobre los cargos en su contra.
Para este efecto, el Estado debe agotar los mecanismos físicos y actualmente
electrónicos para hacerle partícipe al investigado de toda acción en la que se
discutan sus derechos, lo cual se materializa con la notificación a cargo del titular
de la acción penal. La autoridad investigadora acudirá a todos los medios posibles
previstos en la ley para encontrar a la persona que va a ser objeto de una
investigacióm
Descripción
Palabras clave
Keyword, Debido proceso, Idefenfensión
Citación
Medina Condoy, M. (2023). Indefensión por Falta de Notificación Durante la Investigación Previa en los Delitos de Acción Pública en la Provincia de Sucumbíos. [Tesis de Maestría
