El derecho de los ríos en el Estado Constitucional de derechos y justicia.
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Quito: Universidad Tecnològica Indoamèrica
Resumen
El presente artículo de investigación analiza mediante un tipo de investigación descriptiva,
método de análisis crítico de enfoque cualitativo y diseño no experimental, la sentencia No. 32-
17-IN/21, emitida por la Corte Constitucional del Ecuador sobre la potestad de la autoridad única
del agua para determinar la procedencia del desvío de los cauces de los ríos del país considerando
la cosmovisión indígena del Sumak Kawsay que traduce la cultura de la vida en armonía con la
naturaleza. El reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos ha sido un gran desafío
del constitucionalismo andino, caracterizado por un sistema axiológico en procura de desarrollo
sostenible del Ecuador y que marca el surgimiento de un paradigma de protección ambiental que
modifica, de la visión jurídica antropocéntrica a una aproximación biocéntrica, con base en el
equilibrio entre la naturaleza y la humanidad. El objetivo del artículo fue determinar la pertinencia
del criterio de la Corte Constitucional, su alcance y aplicación sobre la declaratoria de
inconstitucionalidad de los artículos 86 y 136 del Reglamento Ambiental de Actividades Mineras
(RAAM). Los resultados obtenidos fueron que a partir de la sentencia de la Corte y por aplicación
del principio de reserva de ley, se produjo para Ecuador, el reconocimiento auténtico de la
titularidad de los ríos como sujetos directos de derecho y con ello, se aporta como novedad
científica un modelo a seguir para orientarse en la distinción de los derechos generales de la
naturaleza.
Descripción
Palabras clave
Derechos de la naturaleza, Principio de reserva de ley, Constitucionalismo andino, Buen vivir
Citación
Gonzalez Vivas, A. (2022). El derecho de los ríos en el Estado Constitucional de derechos y justicia. [Tesis de Pregrado]. Quito: Universidad Tecnològica Indoamèrica. 37 p.
