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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorVillalva-Fonseca, David-
dc.contributor.authorCaiza-Bonilla, Manuel-
dc.date.accessioned2023-01-02T01:53:49Z-
dc.date.available2023-01-02T01:53:49Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.urihttps://polodelconocimiento.com/ojs/index.php/es/article/view/3566-
dc.identifier.urihttp://repositorio.uti.edu.ec//handle/123456789/4374-
dc.description.abstractLa investigación posee como objetivo analizar la constitucionalidad de la prescripción de la pena, porque el principio de proporcionalidad entre la infracción y la sanción es reconocido en la Constitución, de esta manera es importante determinar la constitucionalidad de la norma establecida en el Art.75.1 del Código Orgánico Integral Penal, porque se cree contrario al principio de proporcionalidad. La investigación es de orden teórico-descriptiva de tipo documental, porque el procedimiento involucra factores como la indagación, estructuración, tratamiento de la información y el análisis de un conjunto de documentos electrónicos acerca de la prescripción de la pena tanto en el COIP como en la Constitución, estos documentos fueron compilados de forma cronológica, permitiendo elaborar una base de datos que se gestionó de forma oportuna a través de un gestor bibliográfico. La bibliografía proviene especialmente de bases académicas, así como de las revistas científicas más importantes, ligadas al derecho. El Art. 76.6 de la Constitución, norma que debe existir proporcionalidad entre una infracción y su sanción, por tanto, este principio no puede, ni debe agotarse determinándose la pena en abstracto, como lo ha dispuesto la función legislativa, sino que se debe verificar en la pena de acuerdo a los casos concretos, es decir en el marco de la actuación de la función judicial. Específicamente se pone en duda la constitucionalidad de la norma, por ser contraria al principio de proporcionalidad desarrollado en la Constitución, porque cuando se impone un plazo de prescripción considerablemente mayor al de la pena que se impone en la sentencia. Desde esta perspectiva, el sentenciado sería tratado por la ley de forma desproporcionada con relación a la infracción cometida. En cuanto a la constitucionalidad de la prescripción de la pena en el Código Orgánico Integral Penal, se concluye que el Art. 75.1 del Código Orgánico Integral Penal, se presume contrario al principio de proporcionalidad de las penas en fase ejecutoria, porque si pone un plazo de prescripción notablemente mayor al de la pena que se ha indicado en la sentencia, se consideraría que el infractor sería tratado por La Ley de una forma desproporcional, es de gran importancia recordar el fundamento de la prescripción como el lapso del tiempo que influye en la desaparición de la necesidad de la pena, puesto que el tiempo que la persona se ha ocultado de la justicia y la amenaza pendiente de la pena, se consideraría castigo suficiente.es
dc.language.isospaes
dc.publisherPolo del Conocimiento. Volumen 7. Número 2, pp. 3-29.es
dc.rightsopenAccesses
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es
dc.titleConstitucionalidad de la Prescripción de la Pena en el Código Orgánico Integral Penales
dc.typearticlees
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