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dc.contributor.advisorLópez Moya, Daniela Fernanda-
dc.contributor.authorLaica Sailema, Mario Clemente-
dc.date.accessioned2023-11-17T15:40:34Z-
dc.date.available2023-11-17T15:40:34Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.citationLaica Sailema, M. (2022). Derecho a la protección de datos personales y autodeterminación informática, a la imagen, a la honra y buen nombre. Análisis de la sentencia No. 2064-14-EP/21. [Tesis de Maestría]. Ambato: Universidad Tecnológica Indoamérica. 72 p.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.uti.edu.ec//handle/123456789/5917-
dc.description.abstractEn el marco del reconocimiento de los derechos de las personas se circunscribe una protección especial destinada a salvaguardar los datos personales como un mecanismo tendiente a preservar la dignidad humana. Es precisamente a través de la normativa nacional e internacional que se ha venido regulando el tratamiento dado a la información personal en base al uso de las nuevas tecnologías de la información. En Ecuador, el surgimiento de la autodeterminación informática como derecho reconocido por medio de la jurisprudencia de la Corte Constitucional se direcciona al fortalecimiento y protección de los derechos de manera universal. Bajo este criterio el problema que acompañó esta investigación buscó determinar sí ¿se ha violentado el derecho a los datos personales, la autodeterminación informativa, la imagen, honra, buen nombre y la intimidad, por la publicación de las fotografías intimas de la accionante, dentro de la Sentencia No. 2064-14-EP/21, de fecha 27 de enero del 2021? El objetivo de este trabajo fue analizar el derecho de protección de los datos personales a la luz de la Sentencia No. 2064-14-EP/21. La metodología empleada responde al uso de un enfoque cualitativo aplicado dentro del método analítico y sintético, así como del método inductivo deductivo por medio del análisis de caso. Entre los principales resultados obtenidos se pudo establecer que el hábeas data constituye una garantía de protección a los datos personales por lo que es responsabilidad del juez de la causa valorar cuando el derecho deba ser reclamado por la vía ordinaria y cuando por la constitucional. Finalmente, conociendo que terceras personas pueden dar uso a los datos sensibles, sin el consentimiento de su titular, se estableció que estas acciones transgreden la esfera de lo íntimo en torno a la imagen, honra y bien nombre de las personas.es
dc.language.isospaes
dc.publisherAmbato: Universidad Tecnológica Indoaméricaes
dc.rightsopenAccesses
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es
dc.subjectCnsentimientoes
dc.subjectDatos sensibleses
dc.subjectDerecho a la intimidades
dc.subjectProtección de datoses
dc.titleDerecho a la protección de datos personales y autodeterminación informática, a la imagen, a la honra y buen nombre. Análisis de la sentencia No. 2064-14-EP/21es
dc.title.alternativeRight to the protection of personal data and computer self-determination, to image, honor and good name. Analysis of ruling No. 2064-14-EP/21es
dc.typemasterThesises
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Constitucional con Mención en Derecho Constitucional

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