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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorBatallas Gómez, Hernán Rodrigo-
dc.contributor.authorCurillo Aguirre, José Luis-
dc.date.accessioned2024-01-08T22:06:24Z-
dc.date.available2024-01-08T22:06:24Z-
dc.date.issued2023-
dc.identifier.citationCurillo Aguirre, J. (2023). Criterios de valoración del avalúo catastral emitido por el GAD Municipal del cantón Mejía para los procedimientos con fines de expropiación. [Tesis de Maestría]. Quito: Universidad Tecnológica Indoamérica. 27 p.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.uti.edu.ec//handle/123456789/6233-
dc.description.abstractEl presente artículo de alto nivel, trata sobre la aplicación de los criterios de valoración de bienes inmuebles declarados en utilidad pública, con fines de expropiación, tal como lo establece el Art. 495 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y descentralización en adelante (COOTAD, 2010). Además, se desarrolla el procedimiento de expropiación en el Ecuador, la determinación del justo precio, en función del avalúo catastral realizado por los departamentos de avalúos y catastros de los Gobiernos Autónomos Municipales. Igualmente, diferentes aportes doctrinarios a fin de generar un criterio más claro al respecto, juntamente con la revisión de normativa tanto constitucional, así como normas inferiores pertinentes a las expropiaciones. Para realizar expropiaciones, las máximas autoridades administrativas de los gobiernos regional, provincial, metropolitano o municipal resolverán la declaratoria de utilidad pública, mediante acto debidamente motivado en el que constará en forma obligatoria la individualización del bien o bienes requeridos y los fines a los que se destinará. Hay autores que afirman que la expropiación es una institución de derecho público, constitucional y administrativo, que se concreta con la emisión de un acto administrativo, emitido en ejercicio de la potestad pública expropiatoria, contenida en la Constitución. Finalmente, se analiza el “Proyecto Vial Ampliación a cuatro carriles de la vía Alóag-Santo Domingo, Tramo Tandapi-Unión del Toachi”, realizada en el año 2018 por el Gobierno Autónomo Descentralizado de la provincia de Pichincha en adelante (GADPP, 2018). De la documentación proporcionada por el GADPP se evidencia que no todas las personas que fueron afectados sus bienes inmuebles con las expropiaciones recibieron el pago del justo precio, por cuanto únicamente se basaron en informes emitidos por el departamento de avalúos y catastros del GAD Municipal del cantón Mejía, en el cual no se puede determinar los criterios de valoración que aplicaron al momento de realizar el avalúo de catastros.es
dc.language.isospaes
dc.publisherQuito: Universidad Tecnológica Indoaméricaes
dc.rightsopenAccesses
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es
dc.subjectAvalúo catastrales
dc.subjectExpropiaciónes
dc.subjectIndeminizaciónes
dc.subjectPrecio justoes
dc.subjectUtilidad públicaes
dc.titleCriterios de valoración del avalúo catastral emitido por el GAD Municipal del cantón Mejía para los procedimientos con fines de expropiaciónes
dc.title.alternativeValuation criteria for the cadastral appraisal issued by the Municipal GAD of the Mejía canton for procedures for expropriation purposeses
dc.typemasterThesises
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho Procesal y Litigación Oral

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