Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.uti.edu.ec//handle/123456789/560
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorCarranza Martínez, Juan René-
dc.contributor.authorMoreno Cela, José Rigoberto-
dc.date.accessioned2017-12-04T15:24:35Z-
dc.date.available2017-12-04T15:24:35Z-
dc.date.issued2017-09-
dc.identifier.urihttp://repositorio.uti.edu.ec//handle/123456789/560-
dc.description.abstractEl procedimiento expedito en contravenciones contra la mujer o miembros del núcleo familiar, fulgura como un nuevo paradigma dentro del procedimiento penal, radicando como objetivo principal la solución del conflicto mediante un proceso oral, ágil, veraz y oportuno, tutelando el derecho al debido proceso y el principio de celeridad procesal, su génesis radica en la Constitución de la República del Ecuador del 2008 que dispone para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar, establecer procedimientos expeditos que se apliquen el principio de la oralidad procesal y sumarísimos, en el Código Orgánico de la Función Judicial instaura competencias de los jueces y juezas de violencia contra la mujer y la familia, mientras que en el Código Orgánico Integral Penal tipifica la conducta y determina la sanción para la violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar, considerando que contravención constituye cuando ocasiona lesiones o incapacidad que no pase de tres días, cuya sanción es privativa de la libertad de siete a treinta días, aquello despierta la importancia de estudiar y analizar éste procedimiento novel con el propósito de conocer su certeza en la administración de justicia y su positiva litigación oral. Las unidades judiciales competentes suman constantes esfuerzos por dar cabal cumplimiento a las disposiciones emanadas de la normativa legal, cuentan con dependencias propicias y talento humano especializado para garantizar la tutela efectiva de los derechos consagrados en la constitución y los tratados internacionales de derechos humanos. Del análisis la inclusión a los miembros del núcleo familiar, surte una gran confusión, cuando la víctima es mujer, los jueces conciben como referencias a los convenios internacionales de conquistas de género de la mujer, convendría tener un tratamiento exclusivo en los términos principalmente de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer convención de Belém Do Pará y de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), es decir nuestros honorables legisladores deberían pensar seriamente que el COIP tiene que procurar una sustancial reforma para enfocar únicamente a la mujer, como es el caso del femicidio.es
dc.language.isospaes
dc.publisherAmbato: Universidad Tecnologica Indoamericaes
dc.rightsopenAccesses
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es
dc.subjectProcedimiento Expeditoes
dc.subjectProcedimiento Penales
dc.subjectCOIPes
dc.subjectViolenciaes
dc.subjectProceso Orales
dc.subjectPrincipio de Celeridad Procesales
dc.subjectConvenios Internacionaleses
dc.titleEL PROCEDIMIENTO EXPEDITO EN CONTRAVENCIONES CONTRA LA MUJER O MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIARes
dc.title.alternativeMonografía previa a la obtención del Título de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del Ecuador.es
dc.typebachelorThesises
Aparece en las colecciones: Derecho

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
MONOGRAFIA FINAL JOSE MORENO.pdf18,4 MBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons