Ramiro Javier, Suárez.Tituaña Saquinga, Jorge Aníbal2018-02-072018-02-072018-01-05https://hdl.handle.net/20.500.14809/578El Estado a través de sus instituciones públicas serán las responsables de garantizar a los adolescentes infractores todos sus derechos durante y posterior al cumplimiento de las medidas socioeducativas, así mismo, le corresponde al Ministerio encargado de los asuntos de justicia y derechos humanos coordinar y articular con instituciones públicas políticas, programas y proyectos para la ejecución de las medidas socioeducativas no privativas de la libertad para adolescentes que han cometido delitos menores. Para aplicar las medidas no privativas de libertad en delitos menores se requiere de la participación multifacética y coordinada de las entidades públicas y organizaciones gubernamentales que con sus especialidades, puedan brindar su apoyo y servicios modelos que se constituyan en alternativas socioeducativas para la intervención con adolescentes que han infringido la ley penal.spaopenAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/Adolescentes infractoreCódigo de la Niñez y Adolescencia del Ecuadordelitos de menoresmedidas socioeducativaspolíticas públicas.MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS NO PRIVATIVAS DE LIBERTAD PARA ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENALbachelorThesis