Puertas-Ruiz, RoberthSilva-Barrera, Esthela2024-08-252024-08-252023https://doi.org/10.62452/zz5zf518https://hdl.handle.net/20.500.14809/7175El presente artículo responde a la recurrente pregunta que realizan los mediadores sobre qué materias se pueden mediar en el Ecuador. Para responder esta pregunta se aplicó el enfoque metodológico cualitativo y los métodos analítico-sintético, deductivo y la técnica de revisión bibliográfica. Los resultados obtenidos dan cuenta que actualmente el criterio objetivo general para establecer las materias mediables entre particulares sería que no esté prohibida por la ley; mientras que cuando existe una parte del sector público solo se podrían mediar aquellas materias autorizadas expresamente por la ley. Estos criterios no están exceptos de polémicas, limitaciones y contradicciones debido al mandato constitucional y legal que solo se pueden mediar materias transigibles, lo que hace necesario la búsqueda de criterios propios para la mediación y su separación definitiva de la transacción por ser instituciones jurídicas diferentes.spaopenAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/Materias transigibles en mediación en el Ecuadorarticle